¿Debe Permitirse La Oración Pública En Las Escuelas?

Bien (-). Los estudiantes tienen derecho a interactuar en la oración personal voluntaria que no sea coercitiva y no interrumpa sustancialmente la misión y las actividades educativas de la escuela. Por ejemplo, todos los estudiantes tienen derecho a mencionar una bendición antes de comer. Es esencial que la actividad religiosa privada no interrumpa materialmente la misión y las actividades educativas de la escuela.

La actividad religiosa personal no puede interferir con los derechos o el bienestar de otros estudiantes. Cualquier promoción escolar o respaldo de la actividad religiosa privada de un estudiante es inconstitucional. Es legalmente irrelevante si la oración o la lectura de la Biblia se hace voluntariamente, o si los estudiantes también pueden estar exentos de participar de la actividad o del salón de clases durante la oración. 

Es posible que los estudiantes voluntarios no ofrezcan oraciones para la recitación. Del mismo modo, los estudiantes voluntarios tienen prohibido transmitir oraciones a través de una red de intercomunicadores universitarios en las aulas. La política del distrito de la facultad de permitir la oración dirigida e iniciada por los estudiantes antes de los partidos de fútbol es inconstitucional. También es inconstitucional que un funcionario de la facultad, incluido un conferenciante, inicie, dirija o participe en un equipo superior en oración.

Un funcionario de la facultad tampoco puede pedirle a un miembro del equipo o al otro estudiante que inicie o dirija una oración antes, durante o después de una actividad o evento deportivo público o patrocinado por la escuela. También es inconstitucional que un miembro del clero proporcione oraciones antes o después de las actividades o eventos deportivos de las escuelas públicas. Sin permiso o sanción oficial, una oración voluntaria dirigida y presentada por el estudiante también es constitucional, a menos que sea coercitiva de alguna manera. Las oraciones pronunciadas por el clero en las ceremonias oficiales de graduación de las escuelas públicas son inconstitucionales.

El hecho de que la oración sea voluntaria o no denominacional no la convierte en constitucional. Estados Unidos Sin embargo, cuando la Corte Suprema falló en la capital del estado Independent School Dist. ¿Es que una política de vecindad que permite la oración iniciada y dirigida por los estudiantes antes de los partidos de fútbol americano fuera inconstitucional, efectivamente descartó la posibilidad de que cualquier política del distrito que permita oraciones iniciadas y dirigidas por los estudiantes sea permisible en las ceremonias de graduación?

Además, en ambas capitales estatales, la Corte Suprema expresó su preocupación particular de que los estudiantes puedan ser coaccionados, a través de la presión de sus compañeros y otros, para que recen durante eventos escolares como partidos de fútbol y ceremonias de graduación. Este peligro existe independientemente de si es un miembro del clero o un estudiante quien ofrece la oración.

Los funcionarios escolares, empleados o personas ajenas a la escuela no deben ofrecer oraciones en las asambleas escolares. Es inconstitucional que los maestros deseen con o en presencia de académicos en clase o sus capacidades como maestros o representantes de la universidad.

De hecho, los maestros pueden tener libertad de expresión y libre ejercicio para hablar sobre asuntos religiosos y decir oraciones en presencia de académicos resumidos en un esfuerzo por confirmar que no hay apariencia de que la universidad esté violando la Cláusula de Establecimiento. Debido a que los maestros tienen un estatus tan especial dentro de la escuela y son vistos como un cuerpo directivo que charla con una pandilla que es tanto una audiencia cautiva como intensamente impresionable, las enseñanzas o dichos religiosos de los maestros y otros funcionarios escolares serán vistos como un respaldo estatal de fe.